Tratado de Reconocimiento Mutuo entre la República de Waterland y el Imperio Antártico
Tratado de Reconocimiento Mutuo:
ENTRE LA REPÚBLICA DE WATERLAND Y EL
IMPERIO ANTÁRTICO
ENTRE LA REPÚBLICA DE WATERLAND Y EL
IMPERIO ANTÁRTICO
Las naciones soberanas firmantes de este tratado, a través de sus respectivos representantes y en prueba de buena voluntad mutua, formalmente acuerdan y anuncian:
Art.1.- Que ambas naciones se reconocen mutuamente como naciones de existencia independiente y soberana.
Art.2.- Que ambas naciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan los territorios y soberanías de ambas naciones.
Art.3.- Que ambas naciones, siguiendo el espíritu que las ha llevado a firmar este tratado expresan mediante el mismo su voluntad de continuar los contactos diplomáticos en aras de la mejora de sus relaciones microinternacionales y de las posibilidades que ello pudiese tener para sus respectivos ciudadanos.
Art.4.- Que ambas naciones, en muestra de buena voluntad harán pública la firma de este tratado para conocimiento de sus ciudadanos y los círculos diplomáticos en sus respectivas Webs oficiales.
El presente tratado se firma el veintiséis de enero de dos mil ocho en Nivent.
El presente tratado se firma el veintiséis de enero de dos mil ocho en el Imperio Antártico.
Las Partes Contratantes en representación de sus pueblos soberanos:
Por la República de Waterland: Por el Imperio Antártico:
Renè Renoir Neo I
Presidenta de la República de Waterland Emperador Eterno y Autoproclamado del Imperio Antártico















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